Extremadura es la Comunidad Autónoma que mayor porcentaje de viviendas protegidas construye respecto del total de viviendas construidas, lo que ha servido para que la evolución del precio de la vivienda en Extremadura se haya controlado en mayor medida que en el resto del Estado.
A pesar de ello, Extremadura debe continuar avanzando en el diseño de políticas públicas que contribuyan a frenar esos procesos especulativos que se dan especialmente en las ciudades, considerando la vivienda como un derecho y no como una mercancía.
Desde esos principios, los nuevos planes extremeños de vivienda que se pongan en marcha en la Comunidad Autónoma necesitan, además de nuevas tipologías de ayudas a la vivienda con aportación de suelo y urbanización estableciendo un precio máximo de venta, de un instrumento adecuado para operar en el mercado del suelo y de la vivienda protegida.
La gestión y urbanización de suelo, así como la promoción de viviendas de protección pública conlleva una complejidad que hace necesario que la Administración Autonómica se dote de un instrumento ágil que permita una gestión más adaptada al sector económico a fin de coadyuvar a la Junta de Extremadura en la ejecución de los nuevos planes de vivienda con la finalidad de garantizar una vivienda digna y adecuada para todos los ciudadanos en nuestra Comunidad Autónoma, con independencia de su lugar de residencia.
Así la propia Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura establecen como instrumento organizativo de intervención pública activa en el mercado de suelo y vivienda la constitución de empresas públicas con la finalidad de la promoción de cualesquiera edificaciones y urbanizaciones, en desarrollo de sus competencias sectoriales o en el marco de los convenios inter-administrativos de colaboración suscritos a tal fin, con el objetivo de intervención directa de la Administración en el mercado inmobiliario sobre bases explícitas de interés general.
Con las finalidades antes señaladas, oído el Consejo Consultivo de Extremadura, se tramita el texto legal de creación de la Empresa Pública “Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura, S.A.” (LEY 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública “Gestión de Infraestructuras, suelo y vivienda en Extremadura”).
De este modo, el 20 de febrero de 2004 comienza su andadura “Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura” adscrita a la Consejería de Fomento de la Junta de Extremadura, aunque con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de su objeto social.
La empresa “Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura” tiene el carácter de Sociedad Urbanística, conforme a lo establecido en el artículo 113 de la Ley 15/2001, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, para el cumplimiento de los siguientes fines:
a) Redacción, gestión y ejecución del planeamiento.
b) Consultoría y asistencia técnica.
c) Prestación de servicios.
d) Actividad urbanizadora, ejecución de equipamientos, gestión y explotación de las obras resultantes.